Desde el Parque Nacional Iguazú fundamentaron que la medida fue a raíz de la necesidad de implementar un control en el consumo de cigarrillos de tabaco dentro del Área del Parque Nacional y considerando además que el 13 de junio del 2011 fue promulgada la Ley Nº 26.687 de “Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco”.
Considerando además:
Que el consumo directo o indirecto es perjudicial para la salud.
Que nos encontramos dentro de un Área Natural Protegida según la Ley Nº 12.103, bajo la tutela Nacional de Parques.
Que han llegado a la Intendencia del Parque numerosas sugerencias por parte del público visitante.
Que las colillas de cigarrillo no son biodegradables y concentran un gran número de sustancias tóxicas.
Que los animales, como aves y peces, consumen las colillas de cigarrillo confundiéndolas con alimento, los cual provoca la intoxicación de los mismos, entre otros puntos.
La Intendencia de Parques Nacionales dispuso:
Restringir el permiso para fumar dentro del Área Cataratas, implementando la modalidad de “Espacio Libre de Humo” en la totalidad de área de uso público del Parque, a excepción de aquellas habilitadas para fumadores. Además dispuso asignar áreas para fumadores debidamente señalizadas.
-Hacer colocar ceniceros con arena en todos los accesos a los paseos y en todos los espacios habilitados y señalados como “sector fumadores” del Parque.
-Colocar cartelería informativa y preventiva en distintos sectores del Parque.
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